Memorandum 103-2025
PROCEDIMIENTO
PROCEDENCIA DE COMPENSACIÓN DE RESPONSABLES SUSTITUTOS CON SALDOS A FAVOR PROPIOS
A través del Dictamen de la Dirección Nacional de Impuestos del 25/07/2025, se concluye que los sujetos designados como responsables sustitutos pueden compensar las obligaciones fiscales que asumen en tal carácter con saldos a favor de libre disponibilidad propios.
Un caso recurrente que se presenta en la práctica profesional es el de los contribuyentes sujetos como responsables sustitutos, como por ejemplo por el Impuesto sobre los Bienes Personales por cuenta de los accionistas, quienes teniendo un saldo de libre disponibilidad pretenden su compensación.
Es de recordar que la Corte, en la causa “Rectificaciones Rivadavia” del año 2011, habilitó expresamente la compensación en la medida que exista identidad subjetiva entre el titular de la deuda y del crédito.
Por su parte, la AFIP, a través de la RG 1658/2004 prohíbe en forma expresa tal posibilidad, aunque la jurisprudencia mayoritaria de la Cámara Federal desestimó tal criterio en razón de resultar incompatible con la ley. En el mismo sentido se expidió la Procuración General de la Nación.
Es de esperar que ante tal posición, el organismo fiscal rectifique su criterio y habilite tales compensaciones.