Memorandum 031-2026

04 de Marzo

 

PROCEDIMIENTO

EL RÉGIMEN DE IMPATRIADOS EN URUGUAY

El Régimen de Impatriados (antes Tax Holiday) concede beneficios fiscales a quienes obtengan residencia fiscal en Uruguay a partir del 1/1/2026.

El Régimen de Impatriados (antes conocido como Tax Holiday) concede beneficios fiscales a quienes obtengan residencia fiscal en Uruguay a partir del 1/1/2026, permitiendo optar por tributar IRNR sobre rentas de fuente extranjera durante 11 ejercicios (el año de residencia + 10 años).
Quedan incluidas rentas de capital e incrementos patrimoniales de naturaleza mobiliaria e inmobiliaria de fuente extranjera que provengan de entidades no residentes, que normalmente están alcanzadas por el IRPF (Impuesto a la Renta de las Personas Físicas) para residentes fiscales.
Se debe cumplir al menos uno.
•      Inversión inmobiliaria > Ul 12.500.000 (= USD 2.100.000).
•      Capitalización anual en fondos de inversión > Ul 625.000 (= USD 107.000) destinados a proyectos productivos, investigación o innovación.
•      Permanencia física en Uruguay > 183 días en el año.

Condición adicional:
No haber sido residente fiscal en los dos ejercicios fiscales anteriores ni haber ejercido esta opción previamente.
Beneficios adicionales luego del Tax Holiday (años 12 a 16)
1.             Tasa reducida de IRPF (50%) por 5 años
Se tributa 6% en lugar de 12%, cumpliendo alguna de estas condiciones:
•      Capitalización anual > Ul 625.000 (= USD 107.000) en fondos de inversión que cumplan ciertas condiciones.
•      Inversión inmobiliaria > Ul 6.250.000 (= USD 1.070.000) según determine la reglamentación.
2.             IRPF por monto fijo anual
Posibilidad de optar por un impuesto fijo de:
•      Ul 1.875.000 (= USD 318.000).
•      Ul 1.250.000 (= USD 212.000) si se cumple con: Permanencia de 183 días en Uruguay.
ó
Realización de inversión directa en empresa productiva > Ul 45.000.000 (= USD 7.650.000).
Extensión a cónyuges
Los cónyuges podrán adherirse, tributando el 15% del monto fijo elegido por el contribuyente principal.
Duración
Las opciones se ejercen anualmente, por hasta 20 ejercicios desde el primero en que se ingresó al régimen.
Compatibilidad con regímenes previos
Quienes estaban bajo el régimen anterior pueden acogerse al nuevo, independientemente de la fecha de finalización del Tax Holiday original.
A la fecha, las disposiciones vigentes desde el 01/01/2026 aún no han sido reglamentadas.

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ESTE MEMO CONTIENE INFORMACION DE INTERES GENERAL. NO CONSTITUYE UNA OPINION LEGAL SOBRE ASUNTOS ESPECIFICOS. EN CASO DE SER NECESARIO, DEBERA CONTACTARSE CON EL ESTUDIO.